El Anteproyecto de Ley Orgánica para la Garantía de la Libertad Sexual está siendo muy debatido en medios de comunicación y redes sociales. Voy a intentar con este post alejarme del ojo del huracán político, que no es sino una nueva perla más de nuestros representantes, y voy a centrarme en lo referente a la reforma del delito de abuso y agresión sexuales, realizado por Juristas de la talla de las Catedráticas de Derecho Penal Maria Acale y Patricia Faraldo.
La Disposición Final Primera, apartados noveno y siguientes viene a reformular todos los delitos contra la libertad sexual. La distinción entre abuso y agresión sexuales queda en el pasado: el nuevo artículo 178 castigaría, como reo de agresión sexual, al que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Esto se define en el segundo apartado del artículo, que incluye en todo caso los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, o actuando de manera sorpresiva.
También los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas total o parcialmente de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada o gravemente mermada su voluntad por haber ingerido previamente bebidas alcohólicas, fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.
Se prevén penas de entre uno y cuatro años de prisión en el supuesto básico, que puede ser reducido en atención a la menor gravedad del hecho, según indica el nuevo apartado tercero del artículo.
Se mantiene la distinción con respecto a la violación, cuando de acceso carnal se trate, con penas de hasta diez años de prisión. A su vez, el nuevo artículo 180 prevé como agravantes la agresión grupal, la agresión especialmente vejatoria, la vulnerabilidad de la víctima, que la víctima ya sido pareja o sea familiar del acusado, el uso de armas especialmente peligrosas o el uso de fármacos o drogas para doblegar la voluntad de la víctima.

Mario Neupavert Alzola
CEO de En Tela de Juicio y Socio en Podium Abogados. Es Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera y Doctorando en Derecho Penal y Procesal Penal en la Universidad de Cádiz. Allí cursó el Grado en Derecho, Máster en Abogacía y Máster en Sistema Penal y Criminalidad.